Tipos de sociedades mercantiles en España ¡aprende más del tema! ✔️

Tabla de contenidos

Saber los tipos de sociedades mercantiles que se pueden registrar en España es importante para seleccionar la opción que mejor se adapte a tus necesidades. En este sentido se hace importante tener claro que es una sociedad mercantil se desarrolla como un tipo de  actividad con ánimo de lucro del mismo. 

Además dependiendo del tipo de empresa o emprendimiento que deseas desarrollar puede ser más conveniente un tipo u otro. Síguenos en el blog de Asesora10 para saber más de las sociedades mercantiles que puedes registrar en España.  

Conoce los tipos de sociedades mercantiles puedes registrar

A la hora de seleccionar los tipos de sociedades mercantiles en España, además es importante tener claro que dependiendo del tipo se ajustarán mejor a tu actividad económica que deseas explotar o desarrollar. Cabe destacar que en España existen cuatro grandes tipos sociedades mercantiles.

Las cuales son: la sociedad limitada, sociedad anónima, sociedad colectiva y la sociedad comanditaria. Esta última también es conocida como sociedad en comandita. Además de ello existen tipos de sociedades mercantiles especiales, de todas ellas te hablamos a continuación 

1.- Sociedad de responsabilidad limitada (S.L)

En qué consisten la sociedad de responsabilidad limitada

Entre los tipos de sociedades mercantiles en España tenemos la sociedad de responsabilidad limitada. La misma es una tipo de sociedad muy habitual desde hace muchos años en España. Esto se debe a que los socios no responden con su patricio personal las deudas contraídas por la empresa. Es decir, que como su nombre indica las responsabilidades está limitada al capital aportado por cada socio. 

Además entre las características que destaca este tipo de sociedad tenemos:

  • Como mínimo se registra un socio.
  • A nivel de complejidad, este tipo de sociedades se registran en el Registro Mercantil de tu provincia, es recomendable  contar con la asesoría de un abogado con experiencia en Derecho Mercantil.
  • Capital mínimo de constitución de una S.L. en España es de 3.000 €.
  • Distribución de ganancia y pérdidas, esta se distribuye  de acuerdo a la participación que posee cada socio de la S. L. 
  • La responsabilidad legal también está limitada de acuerdo con el capital de inversión de cada uno de los socios de tu empresa.
  • No posee un mínimo de empleados.
  • La sede social puede ser una oficina virtual o física.

Ventajas y desventajas de las S.L.

Las sociedades limitadas presentan como ventaja principal y es que los socios de la misma no tendrán que responder con su patrimonio personal, En caso de pérdidas y deudas adquiridas por la empresa. Además es un tipo de sociedades mercantiles más sencillas de conformar. Sobre todo si se les compara con los requisitos para constituir y gestionar una Sociedad Anónima. Estos últimos los veremos más adelante

Así mismo una S.L. se puede ser constituida por una sola persona con un capital asequible. En cuanto a los importes son más reducidos que los de un trabajador autónomo y con una sociedad el trabajador autónomo. Su principal desventaja es que las acciones o participaciones no se transfieren fácilmente.Lo cual no la hace la mejor tipo de sociedad mercantil para atraer a inversiones a tu empresa. 

2.-  Sociedad anónima (S.A)

Las sociedades anónimas son los segundo tipos de sociedades mercantiles más utilizadas con la que puedes registrar tu empresa o emprendiendo. La  misma posee un capital base se dividen en acciones que son de fácil transferencia o ceder  a un tercero. Es decir que son lo opuesto a las sociedades limitadas, en donde transferir tus acciones a un tercero es mucho más complicado. 

Además este tipo de sociedades mercantiles permiten que una gran cantidad de socios participen en ella. Asimismo la responsabilidad de cada socio es directamente proporcional al capital de invertido que tenga en la mencionada sociedad anónima. Entre otras de las carteritas que la definen a las S.A. tenemos por ejemplo: 

  • Número de socios, este varía y se establece en los estatutos de la empresa, aunque se puede registrar con un solo socio. 
  • El nivel de complejidad de las  sociedades anónimas se presenta en los Registro Mercantil de cada provincia. Para ello es recomendable contar con la asesoría de un abogado con experiencia en la materia.
  • La cantidad mínima de capital para constituir una sociedad anónima es de poco más de 60.000 €.de cuyos cuales se debe desembolsar el 25% del capital al momento de hacer el registro de la misma.
  • La distribución de ganancias y pérdidas se hace en función de la participación que posee cada socio de la S.A.
  • La responsabilidad legal al igual que las ganancias y pérdidas es de acuerdo a nivel de participación de los socios de la S.A.
  • No posee límites mínimos de empleados
  • Sede social de la S.A. puede ser una oficina virtual o una física.

Las ventajas y desventajas de las S.A.

En este tipo de sociedades mercantiles las acciones son transferibles libremente, además que las responsabilidades de los socios se limitan al capital aportado en la S.A. Del mismo modo las sociedades anónimas pueden cotizar en la bolsa de valores y ser unipersonales. Este tipo de sociedades mercantil es muy común de observar en entidades bancarias, gestoras de seguros, empresas farmacéuticas. 

Sin embargo, entre sus desventajas es que no se puede controlar que accionistas o socios ingresen a la empresa. Del mismo modo, al momento de constituir una sociedad anónima es que los trámites son más complejos y el capital inicial mucho más elevado. 

3.- Sociedad colectiva

Otro de los tipos de sociedades mercantiles que puede registrar tu empresa es mediante las sociedades colectivas. Las mismas son de carácter personal en la que cada socio desempeña una función o papel importante para la empresa a constituir. Es decir, no solo se limita al aporte de capitales, si que también aportan sus habilidades y trabajo para gestionar la empresa.

 Es por ello que la condición de socio de una sociedad colectiva no se puede transmitir libremente como en las sociedades anónimas. Además dentro de las sociedades colectivas se presenta la figura de un socio industrial cuyo aporte es su trabajo. Por otra parte, las sociedades colectivas son limitadas. 

Es decir, que cada miembro responde con su patrimonio personal en caso de pérdidas del emprendimientos o empresa de la que forma parte. Ahora bien para construirlas se requiere:

  • No necesitas un capital mínimo.
  • La denominación debe figurar el nombre de al menos uno de los socios y adicional “y Compañía”. Además no se puede agregar el nombre de otra persona que no forme parte de la empresa. 
  • Se constituye con un mínimo de dos socios o accionistas.

Ventajas y desventajas de las S.C.

Las sociedades colectivas ventajas es su funcionamiento y la estructura de una sociedad colectiva. Además es sencillo, no necesitas un capital mínimo de inversión o para su constitución. También puede controlar fácilmente el ingreso de nuevos participantes y socios a la firma. 

Sin embargo presenta como desventaja principal el hecho que las responsabilidades de pérdidas de empresa son ilimitadas, solidarias y personales. Tampoco es posible delegar a un profesional externo la gestión de la misma. 

4.-  Tipo de sociedades mercantiles: Sociedad comanditaria 

Otro de los tipos de sociedades mercantiles son las denominadas sociedades comanditarias. También conocidas como sociedades en comandita. Las cuales son similares  a las sociedades colectivas. Sin embargo dentro de las mismas existen dos tipos de socios: 

  • Socios los colectivos, cuya función es la de responder de forma limitada antes las deudas sociales y además poseen participación dentro de la gestión de la sociedad.
  • Los socios comanditarios, estos no participan en la gestión de la sociedad,  y su responsabilidad está limitada por el capital aportado a la misma. 

Ahora bien existen dos tipos de sociedades comanditarias, se trata de las sociedades comanditarias simples y las comanditarias por acciones. es decir, que este tipo de sociedades mercantiles se define por las siguientes características:

  • El número de socios debe ser de al menos dos ya sea una figura física o jurídicas.
  • El nivel de complejidad es es igual que las otras sociedades antes mencionadas, en el sentido que debe registrarse la misma en las oficinas del Registro Mercantil de tu provincia. Además que es necesario contar con la asesoría de un abogado experto en materia Mercantil.
  • No posee un mínimo legal de capital para constituir una sociedad de este tipo.
  • La distribución de ganancias y pérdidas es de acuerdo a la participación de cada socios.
  • La responsabilidad legal es limitada y además los socios no participan en la administración o gestión de la misma.
  • No posee un número mínimo de empleados.
  • La sede de la sociedad puede ser virtual o física.

Ventajas y desventajas de las S.C.

Las sociedades comanditarias presentan como ventaja principal el hecho de no necesitar  al momento de su constitución un capital mínimo. Además  si se trata de sociedades comanditarias por acciones son atractivas para atraer el capital de otros accionistas. Sin que interfieran directamente en la gestión de la misma.

En cuanto a su desventaja está en el tipo de funcionamiento y estructuras son muy complejas. Además las figuras de socios comanditarios no pueden participar en ningún acto administrativo de la sociedad comanditaria.

Descubre los tipos de sociedades mercantiles especiales

Descubre los tipos de sociedades mercantiles especiales

Cabe destacar que además de las tipo de sociedades mercantiles catalogadas como principales. También existen otras figuras de sociedades mercantiles denominadas como especiales. Las mismas están diseñadas para adaptarse a determinadas situaciones con un marco jurídico especial. Entre ellas tenemos por ejemplo:

Sociedad Limitada Laboral

La sociedad limitada laboral es un de los tipos de sociedades mercantiles especiales que se conforma con el capital de los trabajadores. Y además estos perciben ganancias del trabajo que desempeñan dentro de la misma. Es necesario acotar que cada accionista o socio posee 1/3 de participación y no más de eso. Aunque pueden darse algunas excepciones a la norma. Otras de las características que presenta es que:

  • Deben contar con un mínimo de tres socios, tampoco existe un máximo.
  • Al igual que las otros tipos de sociedades mercantiles esta debe presentarse en el Registro Mercantil de tu provincia y estar asesorada o revisada por un abogado experto en la materia.
  • El capital mínimo para constituir una de estas Sociedades limitadas laborales  es de 3.000 €.
  • La distribución de pérdidas y ganancias  es distribuida de acuerdo a la participación de cada uno de los socios que la conforman.
  • Es una sociedad de responsabilidad limitada, es decir que los accionistas no tienen que responder son su patrimonio personal las deudas de la empresa o sociedad.
  • No posee un mínimo de empleados.

Tipos de sociedades mercantiles: Agrupación de Interés económico

Asesora10 te presenta los tipos de registro mercanti

Las agrupaciones de interés económico se  forman por la unión de varios empresarios o de varias empresas. Con la finalidad de desarrollar alguna actividad económica extra, o auxiliar en relación con su actividad económica principal. Es decir, son tipos de sociedades mercantiles especiales buscan el desarrollo económico de una actividad que beneficia a sus socios. Este tipo de asociaciones presenta las siguientes características adicionales

  • Requiere de un mínimo de dos socios para constituirse. 
  • Igualmente se registra en el Registro Mercantil de tu provincia
  • El capital se fija en los estatutos de la asociación  aunque no hay un mínimo de participación. No está constituida con ánimo de lucro.
  • La distribución de ganancias y pérdidas se ejecuta en base a la participación de cada socio. Aunque en ocasiones se hace este tipo de asociación sin ánimo de lucro. 
  • Responsabilidad legal es subsidiaria, es decir que cada uno de los accionistas deberán responder a nivel personal y solidariamente entre sí por las deudas de la asociación contraiga. 

Sociedad de Inversión Mobiliaria.

Entre los tipos de sociedades mercantiles especiales están las denominadas sociedades de inversión mobiliaria. Las cuales son un tipo de sociedades anónimas que se encarga de la administración de títulos de valores mobiliarios o de otros activos financieros. Con el objetivo de mitigar o de compensar los riesgos y el rendimiento. 

Además este tipo de sociedad no posee  participación mayoritaria económica y tampoco se rige por las políticas de otras sociedades. Este tipo de sociedades mercantiles de inversión mobiliaria presenta las siguientes características

  • Posee un mínimo de socios para iniciar la asociación.
  • Igualmente se debe registrar esta  sociedad de inversión mobiliaria en el Registro Mercantil de tu provincia.
  • El capital mínimo de inversión está por arriba de los nueve millones de euros para constituir una sociedad de este tipo. 
  • Las ganancias y pérdidas se distribuyen de acuerdo con la participación de los socios.
  • La responsabilidad legal es limitada.

En Asesora10 sabras mas de los registros de sociedades mercantiles 

Ahora que conoces los tipos de sociedades mercantiles ¿te animas a registrar la tuya? Para ello te recomendamos buscar la asesoría de expertos en la materia de registro mercantil. Con la finalidad de que estés seguro en el tipo de sociedad que más te conviene a los intereses de tu nueva empresa o emprendimiento. Por ello te invitamos a visitar el blog de Asesora10 en donde encontrarás más información de interés. 

¡Asesora10 te presenta los tipos de registro mercantil en España!

Valorar post
Contacta con nosotros
Rellena el formulario o llámanos al 611 00 25 07

LBC Asesores y consultores, s.l. le informa de que los datos de carácter personal que nos proporcione rellenando el presente formulario serán tratados por Marnature Solutions como responsable de esta web. La finalidad de la recogida y tratamiento de los datos personales que le solicitamos es para gestionar la solicitud que realiza en este formulario de contacto.  Legitimación: Consentimiento del interesado. El no introducir los datos de carácter personal que aparecen en el formulario como necesarios podrá tener como consecuencia que no podamos atender su solicitud. Podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, limitación y suprimir los datos como se explica en la información adicional. Información adicional: Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en nuestra Política de Privacidad

Facebook
Twitter
LinkedIn
Pinterest
Reddit
Tumblr
Digg
Telegram
Pocket
WhatsApp
Email
Print

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

¡Contacta con nosotros!
Contacta ahora y te ayudaremos. O llámanos al 611 00 25 07

LBC Asesores y consultores, s.l. le informa de que los datos de carácter personal que nos proporcione rellenando el presente formulario serán tratados por Marnature Solutions como responsable de esta web. La finalidad de la recogida y tratamiento de los datos personales que le solicitamos es para gestionar la solicitud que realiza en este formulario de contacto.  Legitimación: Consentimiento del interesado. El no introducir los datos de carácter personal que aparecen en el formulario como necesarios podrá tener como consecuencia que no podamos atender su solicitud. Podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, limitación y suprimir los datos como se explica en la información adicional. Información adicional: Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en nuestra Política de Privacidad

Scroll al inicio

¡Haz crecer tu negocio!

Ahorramos impuestos y ayudamos a acelerar proyectos de cientos de clientes, al mejor precio.

Rellena el formulario ahora y te informamos.

Responsable: LBC Asesores y consultores, s.l., s.l. Finalidad: la prestación y comercialización de nuestros productos y servicios. Legitimación: Consentimiento del interesado en este mismo formulario. Destinatarios: No se cederán datos a terceros, salvo a empresas colaboradoras que participan en la tramitación de ayudas públicas y salvo autorización expresa u obligación legal. Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional. Información adicional: Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en nuestra Política de privacidad

Abrir chat
1
¿Necesitas ayuda?
Hola,
¿En qué podemos ayudarte?